
Los 10 días ARA 2025
Términos y Condiciones "Los 10 días ARA 2025”.
LINEAMIENTOS GENERALES.
1. El cliente que firme la escritura de compraventa de alguna vivienda nueva ARA que se encuentre dentro de los desarrollos participantes establecidos en la tabla anexa en el punto #11 y que esté dentro del periodo de vigencia de esta promoción, el cual se detalla en el punto #5 de los presentes términos y condiciones, tendrá derecho a recibir los siguientes beneficios:
El cliente podrá decidir entre recibir una tarjeta de regalo o un descuento al valor vivienda, o bien la combinación de ambos beneficios según su conveniencia, siempre y cuando el monto total sumado de la tarjeta de regalo y el descuento al valor vivienda no sobrepasen los montos establecidos para cada uno de los desarrollos participantes los cuales se detallan en el punto #11.
Ejemplo de aplicación:
Si el valor máximo de beneficios para un desarrollo participante es de $40,000 pesos, el cliente podrá optar por alguna de las siguientes combinaciones que a continuación se detallan única y exclusivamente para ejemplificar la dinámica de la presente promoción:
Podrá elegir una tarjeta de regalo de $40.000 ó
Podrá elegir un descuento al valor vivienda por $40,000 ó
Elegir la combinación de una tarjeta de regalo de $30,000 pesos y un descuento de $10,000 pesos,
Siempre y cuando la suma total de ambos beneficios sea igual o menor a $40,000 pesos.
2. Es responsabilidad del cliente indicar a su vendedor la forma en la cual aplicará sus beneficios, en tarjeta de regalo y/o descuento al valor de la vivienda, al momento de firmar el contrato privado de compraventa (consolidación), registrándolo por escrito en el formato de asignación de beneficios, una vez registrado en el formato, ya no podrá cambiarse la forma en la que se aplicarán los beneficios de esta promoción para el cliente.
3. El descuento al valor vivienda se hará efectivo a la firma de la escritura celebrada ante el notario público.
4. En caso de que la elección del cliente sea una tarjeta de regalo. Queda por entendido que es responsabilidad y elección explicita del cliente la forma de uso que le dé a la misma, de la manera que más convenga a sus intereses, por lo tanto, el cliente deslinda desde este momento a Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias de cualquier situación derivada de su elección al momento de usar la tarjeta de regalo, otorgándole el finiquito más amplio procedente en derecho. Precisando que Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias, únicamente realizará la entrega de la tarjeta de regalo en cuánto el cliente cumpla con los requisitos enunciados más adelante, sin que implique ninguna otra responsabilidad para la empresa referida.
5. Para poder ser acreedor a una tarjeta de regalo o descuento al valor vivienda, el cliente deberá firmar el contrato privado de compraventa (consolidación) en el periodo comprendido del 7 de noviembre al 17 de noviembre del 2025 y con fecha límite para firma de escritura el día 31 de diciembre del 2025, cualquier firma de contrato de compraventa (consolidación) y/o escritura generados fuera de estos periodos, no aplicará para la entrega de tarjeta de regalo o aplicación de descuentos al valor vivienda.
6. Es responsabilidad del cliente entregar la documentación necesaria a Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias para poder llevar a cabo las firmas del contrato de compra y venta (consolidación) y escritura de la vivienda dentro del periodo establecido para la promoción (punto #5) y así pueda ser acreedor a recibir la tarjeta de regalo o al descuento aplicable al valor vivienda. En caso de no hacerlo, se exime a Consorcio Ara, filiales y/o subsidiarias de cualquier responsabilidad, en el entendido de que no se podrá realizar la entrega de ninguna tarjeta o aplicar un descuento al valor vivienda, por no ser cuestiones imputables al vendedor.
7. Para la entrega de la tarjeta de regalo de manera física, es responsabilidad del cliente que posterior a la firma de la escritura de compraventa celebrada ante notario público de la vivienda ARA adquirida dentro del periodo mencionado en el punto #5 de estos términos y condiciones, solicite de manera personal en el área de caja (situada en las oficinas de venta del desarrollo donde generó su compra), el formato de asignación de tarjeta de regalo (requisito indispensable para la entrega de la tarjeta física de regalo), el cual tendrá que ser llenado con su nombre completo, cuenta de correo electrónico vigente y teléfonos de contacto, entregando adicionalmente una copia simple de su INE. Cabe señalar que el formato deberá ser correctamente requisitado por el cliente y entregado en ese mismo momento en el área de caja de Consorcio ARA para que le puedan hacer entrega de la tarjeta de regalo física, la cual se aclara que al momento de la entrega estará desactivada y sin fondos, entendiéndose que no se podrá entregar ninguna tarjeta de regalo sin el previo llenado del formato de asignación de tarjeta, y sólo hará entrega de una tarjeta de regalo por vivienda, la cual será entregada al titular que haya firmado la escritura. En el caso de copropiedad se entregará sólo a uno de los titulares registrados en la escritura de compraventa y que haya llenado el formato correspondiente previamente.
8. Para el caso fortuito de que el cliente no solicitara y llenara su formato de asignación de tarjeta de regalo de manera personal directamente en el área de caja del desarrollo donde generó su compra posterior a la firma de la celebración de su escritura pública, tendrá un plazo de gracia de 5 días hábiles posteriores a la fecha de su firma de escritura para hacerlo, de no hacerlo así, perderá el derecho a la tarjeta de regalo, por lo anterior al término de este periodo de gracia Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias no estará obligada a la entrega de tarjetas de forma extemporánea.
9. Los fondos de la tarjeta de regalo estarán disponibles automáticamente en un plazo de 15 días hábiles posteriores a que el pago de la operación de compraventa se vea reflejada en las cuentas de la vendedora (Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias), lo cual depende totalmente de la Institución Financiera del comprador. Por lo tanto, una vez que el pago se encuentre acreditado por Consorcio ARA, esta procederá a aplicar los fondos en la tarjeta de regalo en el plazo antes descrito, los cuales tendrán una vigencia de 2 años a partir de la fecha en la que se realizó la dispersión, reiterando que las condiciones de uso no dependen de Consorcio ARA, filiales y/o subsidiarias, pues esta solo realiza la entrega y no dispone los términos para el uso de dicha tarjeta de regalo, por lo cual desde este momento se libera de cualquier responsabilidad presente o futura, sin reserva de derecho u acción legal en su contra.
10. Una vez cumplido el punto #9, se dispersarán los fondos en la tarjeta de regalo conforme a la elección registrada por el cliente en su formato de asignación de beneficios y a lo establecido en la tabla anexa en el siguiente punto #11, para hacer uso de los mismos el cliente deberá generar la activación de la tarjeta mediante la descarga de la aplicación gratuita para teléfonos inteligentes “FÁCIL MÓVIL” siguiendo los pasos indicados por la misma aplicación. El uso y resguardo de la tarjeta de regalo será completa responsabilidad del cliente conforme a los términos y condiciones y la política de privacidad de Assert Consulting SA de CV desarrollador y administrador único de la aplicación “FÁCIL MÓVIL”, los cuales podrán consultarse en:
Assert Consulting SA de CV desarrollador y administrador único de la aplicación “FÁCIL MÓVIL” brindará soporte al cliente para cualquier inconveniente que se presente con su tarjeta de regalo o bien con la aplicación mediante el siguiente correo electrónico contacto@facil.cards
11. Desarrollos, modelos participantes y montos máximos de beneficios:
DESARROLOS Y PROTOTIPOS PARTICIPANTES POR ESTADO.
REFUGIO SANTA FE CDMX
MIRANZA ESTADO DE MÉXICO
LA ESCONDIDA RESIDENCIAL ESTADO DE MÉXICO
AMERICAS V ESTADO DE MÉXICO
ARONA RESIDENCIAL ESTADO DE MÉXICO
LA FLORIDA II ESTADO DE MÉXICO
CITARA ESTADO DE MÉXICO
CUMBRES DE LA MONTAÑA ESTADO DE MÉXICO
FUENTES DE TIZAYUCA II HIDALGO
IMPERIO REAL ESTADO DE MÉXICO
LOS AGAVES GUANAJUATO
PUERTA PARAISO GUANAJUATO
RESIDENCIAL ALBATERRA JALISCO
ZAFIRO RESIDENCIAL NAYARIT
HACIENDAS DEL SUR SONORA
LOS ARCOS TAMAULIPAS
AMARALTA RESIDENCIAL BAJA CALIFORNIA
ARA DREAM LAGOONS RIALTA NUEVO LEÓN
PASEOS DEL ROBLE NUEVO LEÓN
*Al monto depositado en la tarjeta de regalo se le aplicará una comisión de menos 3.5% porcentaje cobrado por Assert Consulting SA de CV desarrollador y administrador único de la aplicación “FÁCIL MÓVIL”.
Esquemas de créditos hipotecarios participantes:
RESTRICCIONES:
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Datos Personales.
Todo tratamiento de datos personales realizado por Casas Ara, así como el ejercicio de los Derechos ARCO por parte de los clientes será efectuado de acuerdo con la Ley y Reglamento de Protección de datos Personales en Posesión de los Particulares, así como en sujeción a lo establecido en el Aviso de Privacidad de Casas Ara, el cual el cliente deberá de aceptar al momento de la consolidación de la vivienda.
Consulta nuestro aviso de privacidad en https://ara.com.mx/politica-de-privacidad
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contacto@ara.com.mx* En operaciones de crédito, el precio total se determinará en función de los montos variables de conceptos de crédito y notariales que deben ser consultados con los promotores.
* En operaciones de contado, el precio puede variar según el modelo, ubicación, equipamiento y no incluye gastos notariales e impuestos, para más información, vista el siguiente vínculo ara.com.mx/información

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